Si eres repartidor, mensajero o conductor en Quintana Roo, el IMSS para trabajadores de plataformas digitales ya no es opcional: desde el 1 de octubre de 2026 entró en vigor de forma plena y obligatoria en todo el país el nuevo esquema que incorpora al seguro social a quienes trabajan con Uber, DiDi, Rappi, Uber Eats, iFood y plataformas similares. Aquí te explicamos si te corresponde cobertura, qué prestaciones incluye y cómo verificar que ya estás afiliado.
¿Qué es el IMSS para trabajadores de plataformas digitales y cuándo arrancó este esquema?
El 22 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en Plataformas Digitales. El 1 de julio de 2025 inició como prueba piloto nacional. El 1 de octubre de 2026 entró en vigor de forma plena y obligatoria en todo el país, con más de 200 mil trabajadores incorporados al IMSS desde esa fecha, según destacó la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo en La Mañanera del Pueblo de ese día.
La reforma modifica los artículos 12 y 13 de la Ley del Seguro Social para incluir como sujetos obligados del régimen obligatorio del IMSS a repartidores y conductores que prestan servicios de forma predominante a través de plataformas digitales.
¿Quiénes tienen derecho al IMSS trabajando en plataformas?
El criterio único y principal es el ingreso mensual generado en la plataforma:
Con afiliación obligatoria completa al IMSS e INFONAVIT:
Trabajadores que generen ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo mensual —equivalente a $9,582.47 MXN en 2026— en una sola plataforma. La afiliación es automática y la plataforma la gestiona sin que el trabajador tenga que hacer ningún trámite.
Con cobertura por riesgos de trabajo sin costo:
Trabajadores que no alcancen el salario mínimo mensual reciben cobertura del IMSS por accidentes o enfermedades derivadas del trabajo durante las horas que estén conectados a la plataforma, sin pagar cuotas.
Dato importante: El propio IMSS reconoce que solo el 14% de quienes trabajan en aplicaciones alcanza el ingreso requerido para la afiliación obligatoria completa. El 86% restante únicamente tiene cobertura por riesgos de trabajo durante su jornada activa.
¿Qué plataformas están obligadas a afiliar a sus trabajadores?
La obligación aplica a todas las empresas que operen plataformas digitales de transporte, mensajería o entrega de alimentos y productos en México:
- Transporte de pasajeros: Uber, DiDi, Cabify, inDriver
- Reparto de alimentos: Uber Eats, Rappi, DiDi Food, iFood
- Mensajería y paquetería: plataformas de logística de última milla
La retención de ISR que realiza la plataforma al trabajador no sustituye la obligación de afiliarlo al IMSS. Son obligaciones completamente independientes.
¿Qué prestaciones incluye la afiliación al IMSS?
Los trabajadores que cumplan el criterio de ingreso tienen acceso a los cinco seguros obligatorios de la Ley del Seguro Social:
- Riesgos de trabajo: Cobertura médica, hospitalaria y quirúrgica al 100% ante accidentes de tránsito y caídas durante jornadas activas
- Enfermedades y maternidad: Consultas de medicina familiar, medicamentos gratuitos y atención de parto e incapacidades
- Invalidez y vida: Pensiones económicas para el trabajador o su familia en caso de incapacidad permanente o fallecimiento
- Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: Aportaciones a la Afore y generación de semanas de cotización para pensión
- Guarderías y prestaciones sociales: Acceso a estancias infantiles y servicios deportivos y culturales del IMSS
Los beneficiarios pueden extender los servicios de salud a su cónyuge, hijos y padres dependientes económicos. Además tienen derecho a prestaciones proporcionales: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y PTU.
¿Las plataformas pueden descontarte las cuotas de tus comisiones?
No. La ley prohíbe expresamente trasladar el costo de las aportaciones patronales a las comisiones o tarifas de los trabajadores. El esquema se financia de forma tripartita entre la empresa, el Estado y una cuota obrera mínima.
¿Cómo funciona el proceso de afiliación mes a mes?
El trabajador no realiza ningún trámite. La responsabilidad recae completamente en la plataforma:
- Primeros 5 días del mes: La plataforma reporta al IMSS los ingresos del mes anterior y da de alta o de baja según corresponda
- Primeros 10 días del mes: El IMSS entrega a la plataforma la propuesta de pago de cuotas
- Día 17 del mes: Fecha límite para que la plataforma realice el pago al IMSS
Lo único que necesita el trabajador es tener registrado su Número de Seguridad Social (NSS) en la aplicación. Si no lo has proporcionado, hazlo desde tu perfil de socio en la app.
Cómo verificar si ya estás afiliado al IMSS
En línea:
Ingresa a serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home con tu CURP y correo electrónico para consultar tu estatus de aseguramiento.
Por teléfono IMSS:
800 623-2323, opción 1 — específicamente habilitada para trabajadores de plataformas digitales. Lunes a viernes en horario hábil.
Presencial en Quintana Roo:
- Cancún: Av. Yaxchilán S/N, Col. Centro, C.P. 77500
- Playa del Carmen: Av. 30 S/N, Col. Centro, C.P. 77710. Tel: 984 803 0252
- Chetumal: Av. Carmen Ochoa de Merino No. 149, Col. Centro, C.P. 77000. Tel: 983 832 8147
Horario subdelegaciones: lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas
¿Qué pasa si la plataforma no te afilió aunque cumples el requisito?
Puedes reportarlo a través de estos canales oficiales:
IMSS:
- Portal: imss.gob.mx/contacto
- Teléfono: 800 623-2323, opción 1
- Subdelegación del IMSS más cercana
Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo):
- Línea 079 (CISSEL — Gobierno de México): disponible en todo el país
- Teléfonos gratuitos: 800 911 7877 y 800 717 2942. Horario: lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas
- Correo: [email protected]
- Oficinas en Quintana Roo — Cancún: 998 689 37 72 / Chetumal: 983 832 12 68, 983 832 98 01 y 983 832 93 11
- Portal: gob.mx/profedet
Todos los servicios de la Profedet son completamente gratuitos.
¿Puedo trabajar en varias plataformas a la vez?
Sí. La reforma no limita la autonomía ni la flexibilidad. La obligación de afiliación aplica por plataforma de forma independiente: si en una sola app generas el salario mínimo mensual, esa plataforma debe afiliarte. Si en ninguna lo alcanzas individualmente, ninguna está obligada a la afiliación completa, aunque sí deben darte cobertura por riesgos de trabajo mientras estés conectado.
Importante: Los ingresos de varias plataformas no se suman para alcanzar el mínimo. El criterio se aplica plataforma por plataforma.
Errores comunes (y cómo evitarlos)
- No tener el NSS registrado en la app. Sin él, la plataforma no puede procesarte el alta.
- Asumir que ya estás afiliado sin verificarlo. Confirma en el portal del IMSS o llamando al 800 623-2323.
- Creer que la retención de ISR equivale al IMSS. Son obligaciones independientes.
- No reportar incumplimientos. Si cumples el requisito y no estás afiliado, la Profedet puede apoyarte de forma gratuita.
- Sumar ingresos de varias plataformas. El criterio no es acumulable entre apps.
Información verificada con datos del portal oficial del IMSS (imss.gob.mx/empresas-personas-trabajadoras-plataformas-digitales), el Diario Oficial de la Federación (DOF, 24 de junio de 2025), la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en Plataformas Digitales, el portal oficial de la Profedet (gob.mx/profedet) y fuentes periodísticas verificadas. Actualizado al 11 de octubre de 2026.








