Cada año, elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) atienden tres mil órdenes de protección solicitadas por mujeres, quienes buscan resguardarse de actos de violencia perpetrados por algún integrante de su núcleo familiar o de sus parejas.
La mayoría de estas órdenes de protección son instruidas por las y los jueces a favor de víctimas que denunciaron violencia.
Para el titular de la SSC de Quintana Roo, Julio César Gómez Torres, las ordenes de protección relacionados con la violencia contra las mujeres requieren de un despliegue importante de policías, debido a la cantidad que solicita ayuda de la fuerza policial.
“Las medidas son para evitar que el agresor esté cerca a la víctima, generalmente, entonces establece por parte del juez una restricción de contacto, de acercamiento del agresor hacia la víctima, y eso es lo que nosotros estamos obligados a cumplir”, dijo.
Con el objeto de cubrir la demanda usan como recurso tecnológico el registro de las víctimas al número de emergencia del 911, a fin de identificarlas más rápido y mandar una patrulla cuando las mujeres lo soliciten.
“Esto nos permite tener identificada una medida de protección y el vínculo ya predefinido para cada una de las víctimas, cuando alguna de las víctimas nos reporta nosotros ya sabemos quién es, dónde está, quién es el agresor, y eso ayuda a que la respuesta sea mucho más rápida y por supuesto mucho más eficaz”, dijo el contralmirante.
Policías municipales y tecnología atenderán nuevas reformas
Recientemente el Congreso de la Unión realizó reformas a leyes generales y secundarias sobre la “igualdad sustantiva”, que amplía la participación de las policías de los estados para que colaboren en la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
El cumplimiento de las órdenes de protección es en donde se pondrá enfásis para que las mujeres no sean violentadas más de una vez cuando solicitan esta medida.
De todas las leyes reformadas sobre la Ley de Igualdad Sustantiva, dos corresponden directamente a las medidas de protección.
Una, los cambios hechos a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en los artículos 1, 2, 5, 25 Bis, 27, 28, 30, 34 Bis, 34 Ter, 44, 46, 46 Bis, 47, 48, 49 y 50, y la creación del Capítulo VII.
Las modificaciones establecen que, en los casos de violencia, el agresor deberá salir de la casa, sin importar que acredite ser el dueño de la vivienda.
También se creó el Registro Nacional de Medidas y Órdenes de Protección de las Mujeres Adolescentes, Niñas y Niños, la cual se alimentará y actualizará periódicamente con la información de las policías estatales, pues también se crearon lineamientos para su operación y evaluación de desempeño.
Se modificó la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en los artículos 3, 5, 7, 20, 25, 29, 39, 40, 41, 62, 75, 77, 110, 127 Ter, y 134, y se creó el capítulo VII, para dar facultades a las policías para aplicar medidas y órdenes de protección para las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Y se oficializó el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección, que deberá mantenerse actualizado periódicamente por autoridades de los tres órdenes de gobierno.
El secretario de Seguridad de Quintana Roo consideró que la reforma servirá para que se fortalezca el uso de las herramientas tecnológicas y dar acompañamiento a las víctimas, pues parte de sus obligaciones primordiales es registrar a las víctimas al sistema de emergencia del 911, que ahora también alimentará el registro nacional.
“Sin duda nos llegan retos importantes con estas reformas, pero creo que estamos en posibilidades de poder atenderlas por supuesto siempre de manera coordinada con todas las instituciones, buscando el aprovechamiento máximo también de las tecnologías que actualmente ya existen”, dijo Julio César Gómez Torres.
Agregó que en estas labores de hacer cumplir las órdenes de protección también les ayudan las policías municipales de Quintana Roo para ampliar las capacidades de atención a las víctimas.