A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo
A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo. Madre buscadora Deysi Blanco. Foto: Paola Chiomante

Q. Roo espera aprobación federal de reformas a Ley de Desaparición de Personas para discutir las suyas

El diputado local, Hugo Alday, informó que están a la espera de que sean aprobadas las reformas a Ley General de Desaparición Forzada de Personas y la Cometida por Particulares, presentadas por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, para que en Quintana Roo inicie el análisis, estudio y dictaminación de las iniciativas que, en esa materia, ingresó él al Congreso estatal.

Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo

La semana pasada, Sheinbaum Pardo adelantó que, a partir de este lunes 23 de junio, cuando inicie el periodo extraordinario de sesiones, el Congreso de la Unión podría aprobar la Ley sobre Desaparición de Personas, que figura dentro de un paquete de 20 modificaciones a distintos ordenamientos que turnó, a la Ley de la Guardia Nacional, la Ley de Población y la Ley de Telecomunicaciones.

A nivel local, Alday Nieto explicó que las iniciativas de ley en materia de desaparición de personas y de declaración de ausencia, que él presentó en abril de este año, permanecen en la Comisión de Puntos Legislativos sin ser dictaminadas.

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En entrevista con NewsDay Caribe y Periodismo Objetivo, el legislador aclaró que se encuentran a la espera, precisamente, de que a nivel federal se aprueben las reformas a la Ley sobre Desaparición de Personas, para aterrizar esos cambios en el estado y proceder al análisis, estudio y dictaminación de las propuestas que presentó.

Alday Nueto no descartó que, derivado de las modificaciones a nivel federal, haya ajustes a los proyectos locales que presentó.

Quintana Roo carece de ley estatal de desapariciones

La primera iniciativa busca crear una Ley de Desaparición de Personas para Quintana Roo, con el propósito de regular la actuación de las autoridades y de los colectivos ciudadanos en los procesos de búsqueda, investigación y acompañamiento a familiares de personas desaparecidas. 

Esta ley tiene como objetivo normar la participación tanto de los entes públicos —como la Fiscalía General del Estado (FGE) y las instancias de protección a víctimas— como de los comités de búsqueda y agrupaciones ciudadanas, y asignar responsabilidades específicas a funcionarios desde el inicio de una carpeta de investigación.

De acuerdo con Alday Nieto, aunque existe una ley general en la materia, Quintana Roo carece de una legislación local que precise con claridad las atribuciones, obligaciones y mecanismos de actuación de cada autoridad involucrada. 

A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo
Diputado Hugo Aldai dice que se está a la espera de la aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo. Foto: Paola Chiomante

La iniciativa fue elaborada a lo largo de un año en conjunto con comités de Madres Buscadoras, organizaciones como Verdad, Honor y Justicia, y con el apoyo de abogados de entidades como Puebla, Tabasco y Chihuahua, que han participado en búsquedas o procesos legales relacionados en el estado.

Esto propone la ley de desaparición de personas en Quintana Roo

Entre los elementos que contempla la propuesta se encuentra la creación de un registro estatal de personas desaparecidas y de personas fallecidas no identificadas, así como un banco de datos que integre información genética. 

También se establecen lineamientos para garantizar el acceso a la información por parte de las víctimas indirectas, entendidas como los familiares de personas desaparecidas, y se promueve que sea una sola persona, designada por el núcleo familiar, quien centralice la representación ante la autoridad, con facultades para recibir información oficial y copias certificadas de las carpetas de investigación.

Durante la elaboración del proyecto se expusieron casos en los que la persona que denuncia la desaparición resulta posteriormente identificada como posible responsable

Ante este tipo de situaciones, la iniciativa aclara que la ley tiene un enfoque organizativo para las búsquedas y no interfiere en los procesos penales, los cuales siguen su curso con base en los elementos que reúna la indagatoria. 

A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo
A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo. Madre buscadora, Mary Pat. Foto: Paola Chiomante

El proyecto busca garantizar que los familiares no sean excluidos del proceso, aun cuando la denuncia inicial haya sido presentada por otra persona.

La propuesta aborda problemas recurrentes señalados por los colectivos de búsqueda, como la falta de coordinación con autoridades, la carencia de acompañamiento de seguridad durante las jornadas de rastreo y la ausencia de comunicación efectiva por parte del Ministerio Público. 

La iniciativa plantea la creación de un comité estatal con atribuciones normadas para articular los esfuerzos institucionales y ciudadanos, para evitar la duplicidad de esfuerzos y vacíos en la atención.

Declaratoria de ausencia, la más urgente

La segunda iniciativa presentada por Alday Nieto es una Ley especial de Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas en Quintana Roo

Esta propuesta pretende llenar el vacío legal que enfrentan los familiares cuando la persona desaparecida tiene bajo su responsabilidad obligaciones económicas, familiares o legales. 

A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo
A la espera de aprobación federal de reformas para discutir Ley de Desaparición de Personas en Quintana Roo. Foto: Paola Chiomante

A través de esta ley, se busca que los familiares puedan acudir con copia certificada de la denuncia ante un juez civil o de lo familiar, bajo la figura de jurisdicción voluntaria, para gestionar temporalmente los asuntos pendientes de la persona ausente.

Entre los casos previstos en esta ley se encuentran:

  • la tutela de menores de edad
  • el cobro de ingresos necesarios para el sostenimiento de la familia
  • el cumplimiento de obligaciones crediticias
  • otros actos jurídicos que requieren continuidad mientras se resuelve la situación de la persona desaparecida. 

El legislador expuso que esta ley cobra mayor urgencia debido a que, con la entrada en vigor del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en abril de 2027, el procedimiento tradicional de declaración de ausencia quedará sin efecto en las entidades que no lo hayan legislado específicamente.

Ambas iniciativas fueron leídas en el Pleno del Congreso y turnadas a la Comisión de Puntos Legislativos, pero hasta ahora no han sido programadas para discusión


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